ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: En cuanto a los hechos admitidos por el acusado ALEJANDRO CORONEL PAYARES, por el DELITO DE VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana: MEYIZ DEL CARMEN DIAZ MUÑOZ, les corresponde la pena definitiva de NUEVE (09) MESES, más las accesorias de ley correspondiente establecidas en el artículo 16 del Código Penal. En consecuencia, se condena al acusado ALEJANDRO CORONEL PAYARES. A CUMPLIR LA PENA DE NUEVE (09) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley correspondiente establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del DELITO DE VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana: MEYIZ DEL CA.....