declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente, contra la celebración de la audiencia de sustanciación realizada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha trece (13) de enero de 2016. SEGUNDO: Confirma en todas y cada una de sus partes lo acordado en la audiencia de sustanciación celebrada ante el tribunal a quo. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Remítase el presente expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.