DISPOSITIVA.
En consecuencia, por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se CALIFICA COMO FLARANTE la aprehensión del investigado de autos ALEXANDER JHONATAHN BARRIOS, por considerar que se encuentran los extremos del artículo 248 del COPP y artículo 44.1 de la Constitución República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento abreviado, de conformidad con el artículo 373 del COPP, razón por la cual la causa una vez que quede firme la presente decisión se remitirá la causa al Tribunal de Juicio que le corresponda conocer por efecto de la distribución. TERCERO: Se mantiene la precalificación jurídica dada al hecho por la Fiscal Primero del Ministerio, relacionada con la presunta comisión de los d.....