en función de que la parte intimada no formulo oposición alguna este Tribunal en acatamiento a la orden contenida en el Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Definitivamente Firme el decreto intimatorio y por ende los efectos de COSA JUZGADA del procedimiento aquí cumplido.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE
Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, en Tovar a los Nueve (09) días del mes de Mayo de Dos Mil Cinco (2005).-
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. RAFAELA VIRGINIA GUTIERREZ DE MORALES
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. MARIE J. VILLAFAÑE DELGADO
En esta misma fecha se publicó la presente sentencia y se dejó copia de la misma para el archivo, siendo las una y treinta minutos (1:30) de la tarde. .....