LA DISPOSITIVA
En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: ------
Primero: Con lugar el Cumplimiento del Contrato de Arrendamiento incoado por el abogado Héctor Luis Paredes Parra y Tito Livio Volcanes Dávila, apoderados judiciales del ciudadano José del Carmen Sulbarán, contra la ciudadana María del Socorro Plaza. ------------------------------------------------------------------------------------------
Segundo: Se ratifica la medida de secuestro decretada y ejecutada contra la ciudadana María del Socorro Plaza, ya identificada, en el inmueble ya identificado, propiedad del ciudadano José del Carmen Sulbarán. --------------------------------------
Tercero: Se le condena a la ciudadana María del Socorro Plaza, a cancelar las costas y costos del presente litigio por resultar totalmente vencida. --------------------
Por cuant.....