esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Homologa el reconocimiento voluntario del niño OMITIR NOMBRE de seis (06) años de edad, por parte de su padre el ciudadano LUIS ARSENIO VITA MOLINA, habiendo sido levantada partida de nacimiento por ante la Registradora Civil de la Parroquia Héctor Amable Mora, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, inserta bajo el Nº 1110, Tomo Nro. 36 de 1110 Folios, del Primer Trimestre del Año: 2006, Inserción de Acta de Nacimiento Nº 050, Folio Nro. 050 del año 2009, de esa Parroquia y mediante la cual el ciudadano LUIS ARSENIO VITA MOLINA, reconoce al niño OMITIR NOMBRE, como su hijo, en consecuencia reconózcasele efectos de sentencia firme ejecutoriada y con autoridad de cosa juzgada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al ciudadano LUIS ARSENIO VITA MOLINA,. ASI SE DECIDE. --------------------------------------------------