DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA la transacción celebrada entre el abogado en ejercicio ALOIS CASTILLO CONTRERAS, en su condición de APODERADO JUDICIAL de la PARTE ACTORA, Sociedad Mercantil P.B. 2000, C.A, domiciliada en la ciudad de Mérida, antes identificados, según Poder Apud Acta otorgado en fecha 04 de febrero de 2016 (folio 96); por una parte; y la abogada en ejercicio NURY COROMOTO GIL VALECILLOS, en su condición de APODERADA JUDICIAL de la PARTE DEMANDADA, ciudadanos: GABRIEL LUIS PICÓN BERMUDEZ, DIEGO GABRIEL GONZALO PICÓN TUCCI, GONZALO JOSÉ PICÓN TUCCI, SANDRA CAROLINA PICÓN TUCCI y GABRIELA MARÍA PICÓN TUCCI, supra identificados, según Poder Especial autenticado por ante la Notar.....