En cuanto a la acción de Cumplimiento de contrato de opción a compra venta, se observa que la ciudadana CILRI DEL VALLE MORENO SANTAFE, parte demandante reconvenida, cumplió con lo establecido en las cláusulas del contrato antes mencionado, ya que demostró que cumplió con el pago el día señalado tal como quedo reseñado en el contrato de Opción a Compra Venta autenticado por la Notaria Cuarta del estado Mérida, En ese sentido, es de precisarse que la parte actora demostró haber cumplido con tal obligación y por lo tanto este Tribunal debe declarar procedente la acción que por cumplimiento de contrato incoada por la ciudadana CILRI DEL VALLE MORENO SANTAFE en contra de la ciudadana ANA ELEYDA LOBO.