En este estado este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1.) Abstenerse de practicar la medida para lo cual ha sido comisionado, vista la solicitud hecha por el Abg. de la parte actora. 2.) Remitir la Comisión al Tribunal de la Causa para que el ofrecimiento hecho por la parte demandada y aceptado por la parte demandante se le de carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. El Tribunal deja expresa constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y que por esta actuación no se cobro tasa, arancel y emolumento dado la gratitud de la justicia y acuerda el regreso a su sede natural siendo las Once y Veinte minutos de la mañana (11:20 a.m.). Se leyó y conformes firman.
El Juez:
Abg. Carlos E. Ramírez R.
Parte Demandada: El Notificado Demandado Abg. Asistente Parte Demandada:
Eleysa Vera de Guillen Lorenzo José Guillen Jesús Alfonso Peña
Parte Actora: El Secretario.....