Por lo expuesto, se evidencia que el penado Sebastián Enrique Suárez Botello, no cumplió con las obligaciones impuestas al momento de concedérsele como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, esto es, la suspensión condicional de la ejecución de la pena, por cuanto incurrió en nuevo hecho delictual, motivo por el cual actualmente se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, tal y como se evidencia del ejecútese de pena dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Vigía (folios 88 al 90), incurriendo de esta manera en una de las causales establecidas en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.
Decisión: Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por aut.....