Se decretó el sobreseimiento de la presente causa, conforme a lo dispuesto en los artículos 45, 48.7 y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Francisco Javier Briceño, quien es venezolano, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.029.294, por cuanto el mismo cumplió las obligaciones inherentes a la suspensión condicional del proceso, decretada en fecha cuatro (04) de abril de 2004, por la comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada, previsto en el artículo 470 del Código Penal.