DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2, SECCIÓN ADOLESCENTES, DEL CIRTCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: Este Tribunal admite la solicitud del Ministerio Público y lo priva de libertad de conformidad con el artículo 559 y 582 literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto considera que hay peligro de fuga, a los fines de celebrar audiencia Preliminar. Se ordena librar Boleta de privación de libertad en el INAM. SEGUNDO: Acuerda el examen médico forense solicitado por la defensa. Oficiar al CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS. Ofíciese. TERCERO: Se acuerda oficiar al Tribunal de ejecución de esta Sección Penal, informándole de la detención del adolescente. CUARTO: Se acuerdan las copias solicitadas por l.....