DISPOSITIVO
En mérito de lo anteriormente expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por RAMON ALEXIS DAVILA MONTILLA, en su condición de Endosatario en procuración de la ciudadana DULCE GUDELIA BELANDRIA, contra la ciudadana CARMEN AURORA ROJAS GUILLEN, quien estuvo representada por la Abogada Elda Soraya Hill Davila, todos plenamente identificados al inicio de esta sentencia. SEGUNDO: se condena a la ciudadana CARMEN AURORA ROJAS GUILLEN A PAGARLE a DULCE GUDELIA BELANDRIA la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 2.535.879.47), cantidad ésta que tal como se indicara en la motiva de este fallo, comprende el capital contenido en las tres cambiarias, los intereses moratorios legales y el .....