Por consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Con fundamento en los artículos 615 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declara sin lugar lo solicitado por el Abg. Oscar Ramón Rosales Noguera, Defensor Público Especializado Nº 02, mediante escrito presentado en fecha 12-05-2008, cursante a los folios 109 y 110, en relación a la prescripción de la acción penal en el presente asunto penal signado bajo el N° LP11-D-2005-000033, seguido contra el hoy ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Violación Presunta, previsto y sancionado en el artículo 375 ordinal 1º del Código Penal ya reformado, en perjuicio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por cuan.....