En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación formulado por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado Edilio Ramón Valbuena Ramírez, en contra de la Sentencia proferida en fecha 09 de junio de 2008, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: SE MODIFICA la Sentencia proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 09 de junio de 2008, con respecto a la declaratoria de Perimida la demanda de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, se decl.....