Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA LIBERTAD CONDICIONAL, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano FREDDY JOSÉ AZUAJE SULBARAN (antes identificado), por un lapso de un (01) año, diez (10) meses, y veinticuatro (24) días, que es el tiempo de pena que le falta por cumplir; es decir, hasta el día 03 de junio de 2011, a las doce del mediodía y por tanto el Tribunal le impone las siguientes condiciones:
1. Mantenerse activo laboralmente.
2. Mantenerse alejado de personas relacionadas con cualquier tipo de actividad delictiva.
3. No portar armas de ningún tipo.
4. Presentarse cada 30 días ante el Delegado de Prueba que designe la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Trujillo.
5. No consumir alcohol ni sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
6. No s.....