DISPOSITIVA
Tomando en cuenta las consideraciones antes expuestas, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a lo previsto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 112 del Código Penal: DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA impuesta a CARLOS ALBERTO MINA HURTADO, indocumentado, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 19/06/1993, de 31 años de edad, soltero, con sexto grado de educación primaria, de ocupación obrero, hijo de Omaira Hurtado (f) y padre desconocido, domiciliado en el Barrio Virgen del Carmen casa N° 10, de la primera calle de la zona Industrial El Vigía, Parroquia Presidente Pae4z, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivarian.....