Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, DECLARA:
PRIMERO: LA NULIDAD de todo lo actuado en la presente incidencia de Fraude Procesal, seguido por los abogados RAMON ELIAS RODRIGUEZ ANDRADE y MIRIELBA ENRIQUETA GARCIA DE GONZALES, apoderados judiciales de la ciudadana ELIODIGNA MORA DE ANGULO contra los abogados EDDY COROMOTO OSORIO DE AYAZO y MARIO JULIO HERNADEZ PEÑALOZA, desde el auto de fecha 12 de mayo de 2023, en cuanto a la admisión del fraude procesal, quedando con valor jurídico los puntos discutidos en dicho auto distintos a éste.
SEGUNDO: En virtud de la decisión anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de esta incidencia al estado de admitir la denuncia de fraude procesal por el procedimiento previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, y realizar la debida notificación del Ministerio Público, y de esta forma dar cumplimiento.....