este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia con carácter vinculante de la Interpretación Constitucionalizante del mencionado Articulo, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Sentencia Nº 1070; la solicitud formulada por los ciudadanos ENOEL ANTONIO PEÑA RODRIGUEZ y KATTY EMILIA ZAIDMAN HIGUERA, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 9.434.100 y V- 8.731.940, domiciliados en la Avenida Monseñor Sotero Valero, sector El Salado, casa s/n, ambos de esta población de Timotes Mun.....