Vistas las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 136, de fecha 30 de marzo de 2017, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio por DESAFECTO, DESAMOR E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, y en consecuencia, queda DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído en fecha 30 de septiembre de 2004, ante el Registro Civil del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, según Acta
N° 77, por los ciudadanos FRANCIS EDELMIRA QUIÑONES DE CARRERO venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad
N° V-8.048.021, domiciliada en Tovar, municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida y hábil; y.....