ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: Con lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público de aprehensión en flagrancia del imputado de autos RIGOBERTO DE JESUS  RIVEROS ONTIVEROS, venezolano, natural de  San Carlos del Zulia, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8074087, nacido en fecha 17-01-56, de oficio Agricultor, estado civil  soltero, hijo de  Rafael Rivero y Teresa Ontiveros, domiciliado en  el Rincón de la Laguna, después de la Capilla la Virgen del Carmen , casa sin número Bailadores- La Playa  Estado Mérida, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código adjetivo Y ASÍ DECIDE. SEGUNDO:: Con lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público  de precalificación delictual como  POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUEPEFACIENTES Y PSICOTROPIC.....