DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, A favor de FERMIN SANABRIA Y KATIUSKA ROMERO JAIMES, no constan datos en expediente, en Perjuicio de ELGA ROMERO DE RIBKA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 4.110.027, residenciada en el Sector Calo Tigre, vía Zea Parcelamiento Santa Lucia N° 142, El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal. Notifíquese a las partes, por cuanto no parece dirección de los imputados notifíqueseles de conformidad con el Articulo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Mérida. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 5
CARLOS ALBERTO QUINTERO R.
SECRETARIO (A)