Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se admite la acusación presentada por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público contra el hoy ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de El Orden Público, Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de La Cosa Pública, y Lesiones Intencionales Menos Graves, previsto en el artículo 413 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Luís Alonso Niño, todo ello, en ba.....