Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos JOSÉ JAVIER NAVA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 11.953.517, domiciliado en la carrera 14 con calle 4, Nº4-5, La Fría, Estado Táchira, y MARÍA EUGENIA MARTÍNEZ VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 10.714.697, domiciliada en avenida Centenario Casa Nº 0-A, Parroquia Matriz del Municipio campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados Ciudadanos, Matrimonio .....