DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
ACUERDA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE QUEDA POR CUMPLIR AL PENADO José Rafael Guillen, EN CONFINAMIENTO, para el Municipio Arzobispo Chacón, la población de Chacanta de los pueblos del Sur del Estado Mérida, Ello con fundamento en los artículos 43, 46 ord. 1° y encabezamiento del artículo 55 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 53 del Código Penal.
Y ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrense las correspondientes Boletas, cítese al penado para imponerlo de la presente decisión, suscriba acta compromiso y hacerle entrega de copia certificada de la presente decisión, y Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de.....