El tribunal dictó decisión y  declaró  SIN LUGAR  la querella interdictal de amparo propuesta por el ciudadano, JUVENAL MONCADA  SOSA,  contra el  ciudadano   MARCELO  MONCADA   SOSA,  sobre la posesión que alega ejercer sobre un lote de terreno de aproximadamente tres (3)  hectáreas, denominado La Laguneta,  ubicado en la aldea Los Pozuelos, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida. Asimismo, REVOCÓ el decreto provisional interdictal de amparo dictado por  este  Juzgado,  a   favor   del   querellante,   en   fecha  24 de enero de 2006, el cual  fue  ejecutado  mediante  comisión  por  el  Juzgado  Especial  Ejecutor  de  Medidas  de los  Municipios  Sucre y  Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 14 de febrero de 2006. Y CONDENÓ al querellante, ciudadano JUVENAL MONCADA SOSA, al pago de las costas procesales.