El tribunal dictó decisión y declaró SIN LUGAR la querella interdictal de amparo propuesta por el ciudadano, JUVENAL MONCADA SOSA, contra el ciudadano MARCELO MONCADA SOSA, sobre la posesión que alega ejercer sobre un lote de terreno de aproximadamente tres (3) hectáreas, denominado La Laguneta, ubicado en la aldea Los Pozuelos, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida. Asimismo, REVOCÓ el decreto provisional interdictal de amparo dictado por este Juzgado, a favor del querellante, en fecha 24 de enero de 2006, el cual fue ejecutado mediante comisión por el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 14 de febrero de 2006. Y CONDENÓ al querellante, ciudadano JUVENAL MONCADA SOSA, al pago de las costas procesales.