Se fundamento la declaratoria de aprehensión en flagrancia del imputado JOSE ALTAGRACIA MOLINA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, de 54 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.034204, soltero, de oficio albañil, sexto grado de educación básica, hijo de José Gregorio Molina (f) y Mireya Gutiérrez (f), nacido en fecha 17-03-1954, domiciliado en la Población de La Azulita, Avenida Teocracia Rojas, Sector la Pueblita, casa s/n, al frente de la Bodega de la Familia Noguera Méndez, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en armonía con lo establecido en el numeral 3 del artículo 15 de la precitada Ley, en perjuicio de la ciudadana María Celina Noguera de Méndez
LA JUEZA DE CONTROL Nº 03
ABG. MERCEDES DE LA TORRE VILORIA
LA SECRETARIA
ABG. EDIHT GARCIA