Decisión
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Residir en la dirección que aportó al Tribunal. 2.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas o bebidas alcohólicas. 3.- Mantener un trabajo estable. 4.- No poseer o portar armas de ningún tipo, ni de fuego ni blancas de conformidad a lo previsto en los artículos 43 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal. 5.- Se impone las presentaciones cada ocho (8) días ante la sede del departamento de alguacilazgo por el lapso de seis (6) meses, para lo cual se acuerda oficiar al jefe del departamento.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 2, 26, 257 y 258 Constitucional; 46 del Código Orgánico Procesal Penal (vigente para .....