DISPOSITIVO.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer y decidir la demanda incoada por la ciudadana Ana Luisa Mora de Mora en contra de Instituto Autónomo Corporación de Salud del Estado Mérida por motivo de Cobro de Indemnización por Enfermedad Ocupacional (ambas partes identificadas).
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.
TERCERO: Una vez que la presente decisión se declare firme, se ordena la remisión inmediata al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.
CUARTO: Por la naturaleza de esta sentencia interlocutoria, .....