PRIMERO:EXTINGUIDA la apelación formulada en fecha 18 de junio de 2001 (f. 11), por el ciudadano JOSÉ ALÍ FLORES RAMÍREZ, en su carácter de parte actora, contra la sentencia interlocutoria de fecha 11 de junio de 2001 (fs. 02 al 10), dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido por el recurrente, contra el ciudadano JOSÉ OSTILIO QUINTERO RAMÍREZ, por partición de bienes hereditarios. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.