PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación formulado por el profesional del derecho JHOR ÁNGEL FAJARDO MEDINA, actuando en representación del ciudadano JORGE ENRIQUE PEÑA CANDELAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.235.769, contra la sentencia proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en el Circuito Judicial Alterno, en fecha 12 de agosto de 2022, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP31-L-2022-000003.
SEGUNDO:Se confirma la sentencia recurrida .TERCERO: En la Segunda Instancia no se condena en costas por la naturaleza del asunto.
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