Por cuanto la presente sentencia ha sido dictada fuera del lapso legal, se acuerda notificar a las partes haciéndoles saber que a partir del día siguiente a aquel en que conste en autos la última notificación que se practique comenzará a correr los lapsos para que las partes ejerzan los derechos y recursos que correspondan contra la misma. A tales efectos líbrense boletas de notificación para los apoderados de las partes y entréguense al alguacil del Tribunal quien queda encargado de practicar las mismas.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Tovar, Zea y Guaraque de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en Tovar a los veintiocho (28) días del mes de Octubre de dos mil veintidós (2022).
JUEZA
ABG. YANIUSKA OMAÑA GOMEZ
SECRETARIO ACC.
ABG. JOSE CUSTODIO CADENAS
En la misma fecha siendo las 10:00 de la mañana se publicó la pres.....