EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: CARMEN ELENA MUÑOZ DE DÁVILA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.991.647, profesión abogada, domiciliada en la Avenida Bolívar, casa Nº 138, Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del estado Mérida, quien falleció ab-intestato el día dieciséis (16) de Octubre del año dos mil once (2.011), según acta de Defunción Nº 69, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del estado Mérida, a los ciudadanos VÍCTOR MANUEL DÁVILA MUÑOZ, RINEY NAZARET DÁVILA MUÑOZ, MANRUBY KIMAYU DÁVILA MUÑOZ y JESÚS MANUEL DÁVILA MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, los tres primeros y casad.....