En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos RODILDA CASTILLO DE GONZÁLEZ y SILVIO RAFAEL GONZÁLEZ GÁMEZ, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.097.607 y V-10.980.960, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos por la abogada en ejercicio ciudadana HORALSY BEATRIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.199.766, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 289.649, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida, y jurídicamente hábil. E.....