PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada en fecha 4 de mayo de 2007, por el abogado HERBERTO ROQUE RAMIREZ, apoderado judicial de la codemandada ROSA RIVAS FERNÁNDEZ, contra la sentencia interlocutoria de fecha 27 de abril de 2007 (f. 81), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido por los ciudadanos TOMAS SOSA ROJASY RAFAEL ANONIO SOSA ROJAS, contra las ciudadanas SILVA RIVAS DE DUGARTE Y MARÍA RIVAS FERNANDEZ, por nulidad de venta. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso. De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes o sus apoderados judiciales, haciéndoles saber de la publicación de esta sentencia.