PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE AL EXTERIOR, suscrito y presentado por los ciudadanos ANNY ROSSIBETH GONZÁLEZ TORRES y CARLOS EDUARDO RODRÍGUEZ OSUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-21.182.970 y V-17.662.748, en su orden, domiciliados en el sector San Pedro, final de la calle 3, casa Nº 080, planta baja, Chorros de Milla, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles; a favor de la niña EMMA SALOMÉ RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, de dos (02) años de edad, F.N.: 24/05/2022, pasaporte venezolano N° 185477934; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.