Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA el DESTACAMENTO DE TRABAJO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano JHONATAHN DE JESUS LACRUZ CALDERON, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.894.808, para ser cumplido en el Centro de Pernota José Maria Olaso de esta ciudad de Mérida, bajo el cumplimiento de las siguientes condiciones:
1. Pernotar y cumplir las normas internas del Centro de Pernota José Maria Olaso.
2. No cambiar de residencia sin informarlo al tribunal.
3. No salir del Estado Mérida si autorización del tribunal.
4. No portar armas de ningún tipo.
5. Insertarse obligatoriamente en el sistema educativo.
6. Mantenerse activo laboralmente
7. No cometer otro delito.
Ofíciese a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, anexándole copia certificada d.....