Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, DECLARA: LA INCOMPETENCIA FUNCIONAL para la tramitación de la presente solicitud, siendo competente el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del transito, de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, solicitud incoada por las ciudadanas : Carmen Judith Dugarte, Jalitza Carolina Fernández Gómez Y Luz Marina Gómez Novoa, titulares de las cédulas de identidad Nos V-10.718.369, V-13.099.051, V-17.239.204 respectivamente, actuando en representación de las ciudadanas Carmen Diolanda Morales Márquez, Alix Teresa Morales Márquez, María Daniela Morales Flores, Anyela Viviana Morales Flores y Mónica del Carmen Morales Flores, y así, se decide.