Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Declara con lugar lo solicitado por la defensa Pública, del imputado RUBEN DARIO VIVAS, venezolano natural de El Vigía estado Mérida, nacido en fecha 28/08/89, de 20 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V. 19.539.212, hijo de Ana Julia Vivas Ramírez (v), manifestó desconocer el nombre de su progenitor, y residenciado en La Palmita, Barrio La Candelaria, casa S/N al lado de la familia Dávila, teléfono 0416-4791223, El Vigía estado Mérida; en la presente causa seguida por los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENZA, previstos y sancionados en el artículo 40 y 41 en concordancia con el articulo 15 numeral 2 y 3, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación c.....