DISPOSITIVA
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal en Funciones de Control N° 04 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano JOSE IGNACIO HOLGUIN CARDENAS, supra identificado, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal Segundo: Precalifica la conducta desplegada por el ciudadano ya identificado como los delitos SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 ejusdem, y el delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 ejusdem. Tercero: A solicitud del Ministerio Público ordena tramitar la presente causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad al artículo 373 ejusdem Cuarto: se acuerda imponer al imputado JOSE IGNACIO HOLGUI.....