éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución Nº 02, ordena el siguiente EJECÚTESE: PRIMERO: Se designa como lugar de reclusión para el penado MELYS CRISTINA MARTÍNEZ RIOS, antes identificada, el Centro Penitenciario de La Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas Estado Mérida. Haciéndose el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se observa que el mencionado penado fue detenido en fecha 23/10/2010 y hasta la presente fecha 10/04/2012, ha estado detenido por un tiempo de UN (1) AÑO, CINCO (05) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS, permaneciendo privado de su libertad hasta la presente fecha, que se le computan como pena cumplida; y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS, SEIS (6) MESES y TRECE (13) DÍAS DE PRISIÓN, la cual terminará de cumplir el día 23/10/2018 al finalizar el día.- Por otra parte, como quiera que el.....