DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a la Solicitante ya identificada; en consecuencia Decide:
Declara Con lugar la solicitud de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, formulada por la Ciudadana: MARINELA LOZADA DE GHISELLI, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.768.469 y civilmente hábil, a través de su Apoderado Judicial Abogado JOSÉ RAFAEL GUILLÉN DÍAZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad Nº V- 3.037.539, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.176,.....