Se declaró LA NULIDAD de la providencia contenida en el decreto de interdicción provisional del ciudadano CÉSAR GREGORIO GIL TREJO, dictado en fecha 27 de octubre de 2004, por el Juzgado Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante la cual dispuso que la causa quedaba abierta a prueba a partir de la fecha de dicha decisión, así como también la nulidad de los demás actos subsiguientes a dicha providencia, incluida la sentencia sometida a consulta, del 29 de noviembre de 2005, a excepción de las actuaciones relativas a la notificación, aceptación u juramentación del tutor interino del entredicho provisional. Se decretó LA REPOSICIÓN de la causa al estado en que el Tribunal a quien le corresponda conocer nuevamente en primera instancia del juicio, por auto expreso, ordene nuevamente la apertura del lapso probatorio y el proceso continúe su curso legal.
Dado el carácter repositorio del fallo, no se hizo especial pronunciamiento s.....