SE DECLARÓ RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO, que obra al folio 3, suscrito en fecha 02 de octubre de 2017, por los ciudadanos RAFAEL MARQUEZ RAMIREZ, ROSA ROSALES DE MARQUEZ y JOSE RAMON MARQUEZ ROSALEZ. Titulares de las cédulas de identidad N° V-693.999, V-730.417 y V-9.199.833, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, se ordenó devolver lo actuado al solicitante de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.