Declara con lugar la solicitud formulada por la Fiscalía Tercera de Proceso del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial y como consecuencia de ello, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano CARLOS GENIO CESARI RIVAS, ya identificado, de conformidad con lo previsto en la causal contenida en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 del Código Penal Vigente, en virtud de estar evidentemente prescrito el hecho. Y visto el escrito suscrito por el ciudadano HENRY ALBERTO PICON BOTTARO, en el cual solicita la entrega del vehiculo CLASE:, MOTOCICLETA, MARCA: HONDA, MODELO: SWADOW, COLOR: AZUL y BLANCO, TIPO: PASEO, SIN PLACA, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: JH2PC213XTM305904, se puede evidenciar que según la experticia de SERIALES DE VEHICULOS, la cual corre inserto a los folios 13, de la actuaciones, se puede constatar que se encuentra SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGAC.....