DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE POR MANIFIESTANMENTE INFUNDADA la recusación interpuesta por el encausado RICARDO FABIAN MENDOZA, contra la Abogada THAMARA DEL CARMEN PUENTES DE TAVIRA, Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía. Todo ello, a tenor de lo previsto en los artículos: 89 y 95 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, publíquese, remítanse las actuaciones de manera inmediata.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
DR. ALFREDO TREJO GUERRERO
PRESIDENTE ACC-PONENTE
DRA. NILDA YADIRA AVENDAÑO
DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
LA SECRETARIA
ABG. ROSA ELENA BRICEÑO SILVA
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