Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: se decreta la aprehensión en flagrancia de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, en perjuicio de los ciudadanos Alejandrina Araujo de Acuña, Euro Doman Soto Acuña, María Oliva Hernández Díaz, Misael Galván Ascanio y Porte Ilícito de Arma de Fuego y Municiones, en perjuicio de El Orden Público y (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, en perjuicio de los ciudadanos Alejandrina Araujo de Acuña, Euro Doman Soto Acuña, María Oliva Hernández Díaz, Misael Galván Ascanio, toda vez, que según lo dispuesto del artículo 458 del Código Penal,.....