PRIMERO: La parte demandada: JENNY COROMOTO SOSA GUERRERO, representada por la abogado MARIA DORIS MARQUEZ ROJAS, conviene con la parte demandante YUSMARY KATHERIN PLAZA BRICEÑO, representada por el Procurador de Trabajadores RONALD EDUARDO CALDERON JEREZ, en la demanda incoada por la antemencionada trabajadora y en la prestación de los servicios sobre las cuales versa la misma; sin embargo ambas partes convienen en que la terminación de la relación laboral se produjo por acuerdo entre las partes y que la reclamante de autos recibió la cantidad de Bs. 14.258,50 por concepto de adelanto de prestaciones sociales.
SEGUNDO: En consecuencia, ambas partes acuerdan el pago de VEINTICUATRO MIL CIENTO QUINCE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 24.115,00), los cuales entregarán a la demandante, en fecha 16 de julio de 2013, a las 10:00 am, en la sede de esta Coordinación Laboral.