Siendo ello así y tratándose la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES EN JUICIO ORDINARIO, de una acción personal, que demanda el ciudadano NELSON NARCISO GÓMEZ MORALES, por el cobro de un cheque signado con el Nro. 68-39202584, no endosable, por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 45.500.000,00), librado contra la entidad bancaria BANCO EXTERIOR Banco Universal C.A. Agencia 039 Barquisimeto este, de la cuenta corriente N°. 0115-0039-11-0390000253, que demandante según lo alegado en el libelo y la reforma de la demanda, depositó en su cuenta corriente signada con el N° 0239021239010249 del Banco Mercantil, el día 15 de abril de 2005, el cual fue devuelto por la cámara de compensación del precitado banco el día 18 de abril de 2005, en virtud del pago de una pieles de ganado vacuno para ser procesadas industrialmente. Y por cuanto, nada señala en cuanto al lugar donde se realizó tal negociación, sino más bien, en el escrito libelar y su reforma, es.....