DISPOSITIVA
En base a las consideraciones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, ABSUELVE a EULOGIO LARA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.396.524, agricultor, de 44 años de edad, nacido en fecha 22-07-1964, hijo de Antonio Lara (v) y de María Rojas (v), residenciado en Guachizon, sector La Marisela arriba como a tres kilómetros al lado del primer poste, subiendo antes de llegar a la Escuela, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de NORMA LUCIA CAÑA SOLANO.
De conformidad con el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena la cesación de cualquier medi.....